Rechazan recurso de capitán de Carabineros involucrado en hurto


REGIONES .- By Mario San Martin   Mayo 18, 2019  Corte de Apelaciones de Chillán rechaza recurso de amparo por retención de oficial de Carabineros en tienda comercial de Chillán, el oficial alega ilegalidad en el procedimiento y que la denuncia sería "calumniosa".

La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó  este viernes 17 de mayo la acción constitucional presentada por la defensa del capitán de Carabineros, César Antonio Muñoz Jara, imputado por el delito de hurto. Ilícito que habría perpetrado el sábado el 4 de mayo recién pasado, en local comercial  Easy de la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 23–2019), la Primera Sala del tribunal de alzada–integrada por los ministros Guillermo Arcos, Christian Hansen y el fiscal judicial (s) Óscar Ruiz– desestimó la pretensión del recurrente.

Sobre el caso imputado al capitán de Carabineros la Corte expresa: “Que en el caso de autos se encuentra acreditado que con fecha 4 de mayo del actual don César Muñoz Jara, concurrió a la tienda comercial Easy, donde realizó diversas compras y luego de pagar en la caja respectiva fue retenido por los guardias de seguridad del establecimiento en razón de encontrarse en su poder dos brocas que no habían sido canceladas, dándose aviso a Carabineros, quienes adoptaron el procedimiento de rigor, esto es, lectura de derechos del imputado, comprobar su estado de salud y comunicar la detención al fiscal de turno, quien ordena su libertad inmediata”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que de lo expuesto precedentemente se desprende que actualmente el amparado no se encuentra privado de libertad, según consta de parte policial n°1882 4 de mayo de 2019 en que se da cuenta que verificada la identidad del amparado y por instrucción del fiscal de turno, este fue puesto en libertad previo apercibimiento de conformidad al artículo 26 del Código Procesal Penal, de suerte que el recurso carece de oportunidad”.

“Que sin perjuicio de lo señalado precedentemente cabe tener presente que el recurrente en su alegato ha sostenido que en este caso no hay delito flagrante, dando diversas razones para ello, que autorice la retención por parte de los guardias de seguridad de su defendido, pidiendo se declare ilegal la detención, por encontrarnos frente a una denuncia calumniosa, materias que no corresponde dilucidar en esta sede constitucional y deberán plantearse donde corresponde”, concluye.

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