Comentario: El Concejo Municipal


Siempre me llama la atención que la ciudadanía le arroga cierta atribuciones, roles y facultades a los concejales que ellos no tienen.  A veces escucho decir a los vecinos, “este o esta concejal no han hecho nada” y entonces me pregunto si la gente sabe cuál es la labor de los concejales.

La ley orgánica de Municipalidad señala que la máxima autoridad de la comuna es el alcalde.

Sucede que dentro de los municipios existen áreas o también  llamadas direcciones que se encargan de cada una de las actividades que son obligatorias para el municipio y también aquellas que son de interés de la autoridad local.

La ley orgánica de municipalidades señala que en cada municipio existirá una unidad encargada del control interno, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación.

Así mismo, esta misma unidad, se encarga de controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal.

El Director de Control tiene amplias facultades para conocer sobre todas las áreas de trabajo del municipio. 

También tiene como función asesorar al Concejo municipal en su labor de fiscalización y para esto, se encarga de desarrollar informes trimestrales sobre el estado de avance de la ejecución presupuestaria, así como del cumplimiento de pagos, por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales.

Seguramente también usted ha escuchado hablar de los servicios traspasados, pues estos son salud, educación y el cementerio, entonces, la gestión administrativa y presupuestaria también son parte de la función de fiscalización de la unidad de control.

Claudia Espina Videla

Administradora Municipal



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