40 denuncias por ruidos molestos en lo que va del año en Ñuble


REGIONAL.- (smañuble).- Autoridades realizan trabajo en conjunto para fiscalizar denuncias de los vecinos.

La Superintendencia del Medio Ambiente en conjunto con la Seremi del Medio Ambiente, intensifican fiscalizaciones este año, debido al aumento en las denuncias emitidas por las juntas de vecinos de diferentes sectores de la región.

De un total de 299 denuncias que son remitidas a la Superintendencia del Medio Ambiente de Ñuble (SMA), las más reiterativas son las de ruidos molestos superando el 50% de los casos, con 40 denuncias en lo que va del año que hacen un total de 120 denuncias acumuladas a la fecha, según datos entregados por la Institución ambiental. 

Esta semana fueron los vecinos de la JJVV Lautaro de Chillán, quienes presentaron sus molestias a la autoridad competente, para que se realice una exhaustiva fiscalización por los molestos ruidos generados debido a la operación de 10 molinos anti- heladas, instaladas en una superficie de 65 ha, asociados a una plantación de cerezas.

Ante la fiscalización del sector, el Jefe Regional de la SMA Cristian Lineros, junto al seremi de Medio Ambiente Patricio Caamaño, acudieron hasta las instalaciones de la empresa frutícola ubicada en el kilómetro 10 camino a Pinto, para comprobar in situ las molestias de los vecinos. 

“A la fecha, se han realizado mediciones nocturnas detectando superación de norma de ruidos de estos molinos. Se le hace ver a la empresa los alcances que tiene la normativa aplicada en este caso “normas de ruidos molestos en horario nocturno”. Se procede también a realizar una georreferenciación de las unidades y hacer una medición a los receptores más cercanos para acreditar su cumplimiento, dejando constancia a través de una carta de advertencia respecto de las molestias generadas y al incumplimiento presentados”, declara Lineros. 

Por su parte el jefe de la cartera del Medio Ambiente Patricio Caamaño, señala la importancia del trabajo en conjunto, no solo de las autoridades, si no también de la comunidad. “Si viene cierto, la Seremi de Medio Ambiente no tiene las facultades para fiscalizar, podemos hacer el puente con las entidades o servicios que realizan esta acción, como es el caso de la institucionalidad ambiental SMA. Cuando existen proyectos que tienen una RCA (resolución de calificación ambiental) aprobada, quiere decir que existen compromisos ambientales por parte de la empresa que se deben cumplir sí o sí. Por esta razón y considerando la inquietud de los vecinos, se realiza este trabajo en terreno y en conjunto”, afirmó Caamaño.

Además, la autoridad, hace un llamando a las empresas a colaborar con su compromiso ambiental y así generar una mejor calidad de vida de los vecinos. 

Actualmente, la norma que se aplica en Chile para medir el ruido es el Decreto Supremo N° 38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Esta norma establece de emisión de ruidos, los procedimientos de medición, metodologías de evaluación del ruido medido y los límites de nivel de ruido (el término técnico es Nivel de Presión Sonora). Al respecto, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) fiscaliza esta normativa.

¿Qué ruidos se encuentran regulados por la norma?

Lo que se regula son las fuentes fijas, como actividades Productivas: industrias, depósitos, talleres, forestales, ganaderas, mineras, etc. Ruidos Comerciales: locales de compra y venta de insumos y servicios, Esparcimiento: instalaciones destinadas a la recreación (pubs, discoteques, centros de eventos), deporte, ocio, cultura y faenas constructivas, entre otros.

Cabe recordar que el año pasado se vivió algo inédito en Ñuble. Por primera vez se procede a la aplicación de las medidas provisionales de sellado de equipos y aparatos causantes de superación de norma (Altavoces, subwoofer, mesas de sonido, amplificadores, etc) en pub Luna Negra de San Carlos. Esto gracias a las denuncias realizadas por los mismos vecinos del sector. 

Las denuncias deben dar cuenta de incumplimientos a alguno de los siguientes instrumentos: Resoluciones de Calificación Ambiental, Planes de Prevención y/o de Descontaminación Atmosféricos, Normas de Calidad Ambiental, Normas de Emisión, y todos aquellos otros instrumentos de carácter ambiental establecidos en el artículo segundo de la Ley Orgánica, LOSMA. Si la materia o asunto de la denuncia no está dentro de las mencionadas, ésta será derivada al organismo público competente.

Para realizar una denuncia por ruidos, olores, residuos, etc. las personas tienen dos opciones; Pueden realizar una denuncia a través de Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), o bien se puede presentar una denuncia ante la Municipalidad correspondiente, entidad que tiene las facultades para fiscalizar el cumplimento de su respectiva Ordenanza Municipal, como por ejemplo el ruido generado al interior de una vivienda, ya sea por una fiesta o una reunión de personas, animales domésticos o ensayos de instrumentos, por lo tanto, cada municipio regula de manera autónoma este tipo de conductas ruidosas.

En el caso de las actividades que se desarrollan en la vía pública, también deben contar con una autorización expresa de la autoridad correspondiente, como la Municipalidad o la Intendencia, según corresponda.

Estas denuncias también pueden ser formalizadas ante Carabineros de Chile, quienes procederán de acuerdo con sus atribuciones relativas a mantener el orden a nivel local.

Ahora, ¿quién puede denunciar ante la SMA? Toda aquella persona, natural o jurídica, que presente antecedentes sobre eventuales infracciones a dichos instrumentos de carácter ambiental. La persona deberá llenar el Formulario de Atención Ciudadana en oac.sma.gob.cl.

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