El Presidente Piñera decretó este estado de excepción
constitucional para controlar propagación del coronavirus.
El estado de catástrofe procede en los casos de calamidad
pública y se realiza sobre la zona afectada por la misma. Una vez declarado el
estado de catástrofe, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia
inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente de la
República.
Este asumirá la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las
atribuciones y deberes que la ley señale.
La declaración de catástrofe permite al Presidente de la
República restringir las libertades de locomoción y reunión, disponer la
requisición de bienes, establecer limitaciones al ejercicio de derecho de
propiedad y adoptar las medidas administrativas extraordinarias que sean
necesarias para el restablecimiento de la normalidad.
Una vez declarado el estado de catástrofe, el jefe de la
Defensa Nacional que se designe tendrá las siguientes atribuciones:
Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y
Seguridad Pública que se encuentren en la zona declarada en estado de
emergencia.
Controlar la entrada y salida de la zona declarada en estado
de catástrofe y el tránsito en ella.
Dictar medidas para la protección de las obras de arte y de
los servicios de utilidad pública, centros mineros, industriales y otros.
Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de
alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y
subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de
tales bienes.
Determinar la distribución o utilización gratuita u onerosa
de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población de
la zona afectada.
Establecer condiciones para la celebración de reuniones en
lugares de uso público.
Impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios
del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la
zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública.
Difundir por los medios de comunicación social las
informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población.
Dictar las directrices e instrucciones necesarias para el
mantenimiento del orden en la zona.
La declaración del estado de catástrofe se puede realizar
por un máximo de noventa días, plazo que es prorrogable si subsisten las
circunstancias que lo motivan. Sin embargo, el Congreso puede dejarla sin
efecto transcurridos ciento ochenta días desde la declaración. Cabe destacar que
las medidas que se adopten durante los estados de excepción en ningún caso
podrán prolongarse más allá de la vigencia de dichos estados.
Tags
NACIONAL