El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán dictó
veredicto condenatorio en contra de Óscar Patricio Zagal Villar, en calidad de
autor de tres delitos de robo con violencia;
y a Waldo Enrique Zagal Villar y
Luis Antonio Neira Neira, como autores de un delito de robo con violencia, ilícitos perpetrados en mayo de 2018, en la Ruta 5 Sur, en las cercanías de
esta ciudad.
En resolución unánime (causa rol 222-2019), el tribunal, dio
por acreditado más allá de toda duda razonable, la ocurrencia de los ilícitos y
la participación culpable de los acusados en los hechos.
El mismo día 05 de mayo de 2018, los imputados Waldo Enrique
y Óscar Patricio ambos Zagal Villar y Luis Antonio Neira Neira, quebraron el
vidrio lateral derecho de la puerta del camión PPU DJRP-22 que era conducido
por Sergio Vargas Belmar, quien había
allí estacionado para descansar, una vez en el interior de la cabina del
camión, agredieron a la víctima con golpes de fierro y de pies sustrayéndole
además diversas especies para luego huir del lugar .
El 30 de mayo del año 2018, el transportista José Medina
Morales, quien presta servicios para Correos de Chile, conducía un camión con
carga propia de dicho servicio desde Santiago hacia el Sur del país, y a las
02:30 horas aproximadamente, detuvo el camión en la berma de la ruta 5 sur para
descansar, cuando sorpresivamente Waldo
Enrique y Óscar Patricio ambos Zagal Villar y Luis Antonio Neira Neira, con un
revólver, intimidaron a la víctima quien
logra huir, sin embargo los asaltantes
se apropian de varias especies y huyen en el camión de la víctima, que
posteriormente abandonan.
En la causa, el Tribunal decretó la absolución por falta de
pruebas, de Óscar Patricio Zagal Villar de dos delitos de robo con violencia;
de Luis Antonio Neira Neira de cuatro delitos de robo con violencia, y de Waldo
Enrique Zagal Villar de cuatro delitos de robo con violencia y receptación.
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será
redactada por la magistrada Olga Fuentes– quedó programada para las 13 horas
del próximo lunes 20 de enero.
“Que para arribar a las decisiones condenatorias que
anteceden, se ha tenido en consideración, que con la declaración de los
testigos de cargo, las grabaciones telefónicas y georreferenciaciones
efectuadas, la pericial bioquímica, las fotografías y documental incorporadas,
se ha adquirido la convicción, más allá de toda duda razonable, que los
encausados cometieron en las oportunidades señaladas los ilícitos establecidos
precedentemente en lo numerales IV y V”, consigna el acta de deliberación.
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