Dictan veredicto condenatorio contra secretario parlamentario



El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán dictó este jueves 12 de mayo veredicto condenatorio en contra

del secretario parlamentario Carlos Acevedo Cifuentes, como autor de los delitos consumados de presentación ante un tribunal de documento falso y uso malicioso de documento privado, ilícitos perpetrados entre 2009 y 2011, en la ciudad.
En resolución unánime la Primera Sala del tribunal dio por acreditado, previa deliberación y más allá de toda duda razonable, que Acevedo Cifuentes presentó, ante el Juzgado de Familia de Chillán, "una demanda de impugnación de paternidad determinada por reconocimiento y reclamación de paternidad no matrimonial en contra de la sucesión de don Sergio Vélez López; dicha causa se siguió en el Juzgado de Familia de Chillán, y el acusado acompañó a su presentación variada documentación fundante de sus pretensiones, entre ella, copia simple de examen de ADN, de 20 de noviembre de 2009 del Laboratorio Taag Genetics, documento falso, ya que correspondía a un informe perteneciente a otra persona, cuyo código interno es el 2009-11-0072, y consigna una probabilidad de paternidad de Acevedo Cifuentes respecto del niño S.V.M, de un 99.99873% y que fue incorporado en la audiencia de juicio celebrada en la referida causa, el 3 de noviembre de 2010. El verdadero informe de ADN del acusado, cuyo código es el 2008-10-0055, fue remitido por el Laboratorio con posterioridad al Tribunal de Familia, y excluye la paternidad reclamada".
En tanto, el 15 de febrero de 2011, Carlos Fernando Acevedo Cifuentes presentó ante el mismo Juzgado de Familia, una demanda de impugnación de paternidad determinada por reconocimiento y reclamación de paternidad no matrimonial en contra de S.S.V.M., representado por su madre, Viviana Adelaida Muñoz Parra, la que "ingresó al Juzgado de Familia, con el RIT Nº C-141-2011, acompañando a su presentación, copia simple de examen de ADN, de fecha 20 de noviembre de 2009, del Laboratorio Taag Genetics, documento falso, ya que correspondía a un informe perteneciente a otra persona, cuyo código interno es el 2009-11-0072, y consigna una probabilidad de paternidad de Acevedo Cifuentes respecto del niño S.V.M., de un 99.99873%. El verdadero informe de ADN del acusado, cuyo código es el 2008-10-0055, fue remitido por el Laboratorio con posterioridad al Tribunal de Familia, el cual excluye la paternidad del acusado, respecto del menor S.S.V.M.".
En cada caso, "la exclusión de paternidad aparece ratificada con el mérito de los informes de paternidad emitidos por el Servicio Médico Legal, incorporados debidamente en la aludida causa de impugnación y reclamación de paternidad, y aparejados asimismo en este juicio oral", concluye el acta de deliberación.
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el magistrado subrogante Edgardo Pinto– quedó programada para las 13 horas del próximo martes 17 de mayo.

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