La resolución fue
tomada luego de que diputados de la Democracia Cristiana presentaran un
requerimiento.
Según indica el
informe del órgano regulador, "en los hechos, el Instituto Nacional de
Estadísticas realizó el levantamiento censal sin considerar las recomendaciones
internacionales en la materia, no obstante estar obligado a ello según lo
ordena el citado precepto legal, entre las cuales se cuentan las relativas a
ejecutar pruebas pilotos en forma previa al levantamiento señalado, las que no
fueron realizadas y que, además, requieren de una antelación suficiente a la
realización del censo, que tales recomendaciones estiman en un año. Dicha
omisión habría sido advertida, asimismo, por el personal de esa repartición,
sin que las autoridades de la época adoptaran alguna acción correctiva al
respecto".
Asimismo, el
documento agrega que "conforme a los antecedentes recabados en la presente
fiscalización, se estableció que en la ejecución del censo de derecho llevado a
cabo por el INE, no se efectuó una planificación ajustada al cambio de
metodología censal, lo que queda en evidencia si se considera que el ya
mencionado decreto N° 143, de 2011, deI Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo, instrumento que sanciona el cambio metodológico de un censo de hecho a
uno de derecho, fue emitido el 21 de octubre de 2011, esto es, 6 meses antes de
que comenzara la aplicación efectiva del XVIII Censo Nacional de Población y
VII de Vivienda, el 9 de abril de 2012, sin perjuicio que fue publicado en el
Diario Oficial el 4 de enero de este último año, una vez totalmente tramitado,
con una antelación de 3 meses al inicio del citado proceso".
El organismo señala
también que el INE prescindió de la opinión de expertos y asesores acerca del
cambio metodológico, por lo que no se evaluaron todas las implicancias. Además,
no se pudo advertir que conllevaría más tiempo y recursos, como tener que hacer
reajustes a la cartilla, rediseñar la logística del levantamiento, entre otras
cosas.
Una vez conocida la
resolución de Contraloría, Matías Walker señaló que "ya la comisión
asesora determinó que el Censo no cumplía con los estándares metodológicos
adecuados, que no servía para la adopción de políticas públicas tan importantes
como las políticas sociales, como la Ficha de Protección Social, y a esto se
suma la consideración de la Contraloría que dicho Censo no cumplió con los
estándares metodológicos requeridos, sino que al mismo tiempo fue ilegal".
El requerimiento
fue presentado por Ricardo Rincón, Gabriel Silber, Gabriel Ascencio y Matías
Walker.
