El hecho se registró la tarde del
domingo 25 de noviembre de 2012, dos grupos familiares que tenían antiguas
rencillas sostuvieron mutuas agresiones que desencadenaron cuando Raúl Llanos
sacó una escopeta con la cual efectuó un disparo en el tórax a Miguel Ángel
Fuentes (44) provocándole la muerte.
El pasado 10 de febrero se
efectuó la audiencia de comunicación de sentencia en el caso del homicidio de
Miguel Fuentes Villar, y prácticamente todos los involucrados quedaron el
libertad con penas que no dejaron conforme a la fiscalía y en la oportunidad informó que
la causa aún no estaba ejecutoriada por lo que se presentaría un recurso
de nulidad.
Este organismo persecutor pidió
la nulidad de todo lo obrado, lo que fue Acogido por la Corte de Apelaciones y
el lunes 24 de marzo comenzó de nuevo el juicio oral y finalmente tras el nuevo juicio oral, la
fiscalía no logró acreditar la tesis de la participación de los acompañantes y
el autor resultó con una pena menor, debido a las atenuantes y el grado la pena
en que fue clasificado el delito.
En relación a este caso el fiscal
Rolando Canahuate señaló que si bien hubo colaboración de la familia de
víctima, no ocurrió lo mismo con las personas que estaban en ese lugar el día y
hora del crimen “El caso fue bastante complejo, nosotros optamos por un camino (de la investigación) más difícil
diaria yo, que era perseguir la responsabilidad, no solo de quien había
disparado esta arma de fuego sino de
quienes le habían acompañado. Esa fue la decisión principal del Ministerio
público y lo hicimos por el convencimiento de que a mas personas le cabía
responsabilidad en los hechos”.
La postura del Ministerio público
se mantuvo durante el proceso y se sostuvo
ante los tribunales respectivos en los distintos alegatos previos, sin
embargo, en la etapa final cuando el
proceso ingresó al tribunal oral el
resultado fue adverso para la fiscalía y finalmente el fallo no dejó conforme al organismo persecutor que
apeló, anulando el juicio, pero, finalmente tampoco fue aceptada
la propuesta de penas que la fiscalía pedía en este caso.
El Fiscal Canahuate tras aceptar
la resolución del tribunal oral, señaló que consideraba que “la pena es
bastante baja, se trata de un sujeto que no tenía antecedentes penales y el
tribunal estimó que había colaborado en la investigación, pero es una pena bastante baja porque el bien jurídico protegido es la vida, hay una
persona fallecida, hay una viuda y sus hijos y obviamente el daño es
irreparable, irreversible. Desde ese punto vista estimamos que la pena fue
bastante baja. En relación a los otros participantes, el tribunal estimó que la
prueba no fue suficiente para acreditar su participación”.
De esta manera concluye con hecho
de sangre registrado en el sector de Buli, al norte de esta ciudad.