Listado y escueto informe recibieron concejales sobre el caso de los “falsos pobres”

SAN CARLOS.- 27-02-2012.- Con un listado y un escueto informe que da cuenta de lo que ha hecho el MIDEPLAN, debieron conformarse los concejales que  solicitaron un informe para conocer del municipio su versión sobre los hechos  conocidos públicamente como  los “falsos pobres”.
Trascurridos dos meses del hecho, la semana anterior,  desde la Dideco se hizo llegar a los concejales un escueto informe donde, en el primer punto se refiere a que el Mideplan  revisó encuestas y detectó diferencia en la información de las fichas de protección social de un importante número de sancarlinos. En el segundo punto  indica que hay 46 casos donde el Mideplan presume  alteración de la información de la ficha de protección social y, en el tercer punto se le indica a los concejales  que se han entregado  antecedentes (fotocopias de la fichas)  y nómina de funcionarios involucrados, al Juzgado de Policía Local.
De acuerdo a las conversaciones de los concejales y sus reiterados reclamos de falta de información, ellos esperaban  un informe de la municipalidad que diera cuenta de los hechos ocurridos al interior del municipio y su versión oficial, mas allá de lo que ha informado y ha denunciado el Mideplan.
Los concejales debieron conformarse con un listado de personas, más un escueto informe que en definitiva  se refiere  a lo que ha hecho el Mideplan, sin que hayan logrado obtener información  o versión del municipio de cómo pudo darse este hecho que ha tenido connotación  pública.
Juzgado de Policía Local comenzará a citar a “falsos pobres”
Los primeros días de marzo, el Juzgado de Policía local, ya con todos los antecedentes solicitados en su poder, podrá comenzar a citar a las personas que aparecen en el listado, donde la información en la ficha de protección social del nivel de escolaridad entregada por los encuestados, versus la información  y verificación de dicho dato entregado por el ministerio de Educación es distinta.
Existiendo la presunción de que la información puso ser alterada, es que el JPL deberá determinar responsabilidades en ello.
Sobre lo anterior nuestro  ciber-lector, Cristian Velozo, cree que de acuerdo a la normativa vigente y que ante la falta de prolijidad de los denunciantes,  los casos sancionados serán muy pocos: “Tener presente que la ley 20.379 (que crea el sistema de protección social) fue promulgada el 1 de septiembre de 2009, y por lo tanto la sanción del artículo 5º inciso 2º se aplica a los que cometieron el ilícito a contar de esa fecha y no hacia atrás, pues de lo contrario se vulneraría la garantía del artículo 19 Nº 3 Inciso 7º de la Constitución Política que prescribe :"Ningún delito se castigará con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que la nueva ley favorezca al afectado".
Ojo, entonces con estas denuncias que se hacen con cámaras, luces y flashes y que quedan después en nada por falta de prolijidad de los denunciantes que se caen en cuestiones tan básicas como la que señalé anteriormente. Esa misma falta de prolijidad es la que tuvieron las autoridades al recolectar los datos y no "cruzarlos" con otros datos que ya tenían, pudiendo hacerlo. Me parece que al final los casos sancionados van a ser muy pocos”.

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