Nuevas etiquetas obligatorias en fertilizantes y bioestimulantes desde agosto


Los agricultores de todo Chile tendrán más información sobre los insumos que aplican en sus campos a partir del 28 de agosto de 2026. Desde esa fecha, fabricantes, importadores y distribuidores de fertilizantes y bioestimulantes deberán cumplir con un nuevo etiquetado obligatorio. La medida está establecida en la Ley N° 21.349 y su reglamento complementario.

El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) emitió una alerta informativa a menos de tres meses de la entrada en vigencia de la norma. La advertencia va dirigida a toda persona natural o jurídica que fabrique, importe, exporte o comercialice estos productos en el territorio nacional. Quedan fuera del plazo quienes no adecúen sus procesos antes del plazo.

Las nuevas etiquetas deberán indicar la composición del producto y sus parámetros de calidad. También deben incluir la presencia de contaminantes, instrucciones de uso y medidas de seguridad para la manipulación. Estos datos permiten al agricultor conocer con exactitud qué está aplicando en su cultivo.

La norma exige además datos de trazabilidad: número de lote, fecha de fabricación y fecha de vencimiento. Esa información facilita el control de calidad ante incidentes o fiscalizaciones del SAG. Sin esos datos, el producto no podrá circular legalmente desde agosto.

El organismo llamó a los actores del sector a revisar sus existencias y procesos de rotulado actuales. El incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas. La adecuación temprana evita problemas en plena temporada agrícola.

👉 Comparte esta noticia con alguien a quien le pueda servir.
  • 📅 Etiquetado obligatorio en fertilizantes rige desde el 28 de agosto de 2026
  • 🌱 Los agricultores sabrán exactamente qué insumo aplican en sus campos
  • 📦 Las etiquetas deben incluir lote, fabricación, vencimiento y composición
  • ⚠️ El incumplimiento puede generar sanciones para fabricantes y distribuidores

Fuente: Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), alerta informativa Ley N° 21.349  Tags: SAG, fertilizantes, bioestimulantes, Ley 21.349, etiquetado agrícola, trazabilidad, insumos agrícolas, agricultura Ñuble, normativa agrícola Chile, seguridad agropecuaria

Comenta aquí!

Artículo Anterior Artículo Siguiente

نموذج الاتصال