TC mantiene límite de indemnización en caso Maersk Saltoro


El Tribunal Constitucional rechazó por unanimidad el requerimiento de inaplicabilidad presentado por siete exportadoras de fruta en el caso del buque Maersk Saltoro.​

La decisión confirmó la vigencia y constitucionalidad de los artículos 889 Nº 3, 895 Nº 2 b), 902 y 1217 del Código de Comercio, que regulan la limitación de responsabilidad en el transporte marítimo.

Con este fallo, las indemnizaciones quedan sujetas al tope legal fijado por el fondo de limitación de responsabilidad, muy por debajo de las pérdidas estimadas por la destrucción de la carga de cerezas, valorizada en más de 160 millones de dólares.

El Quinto Juzgado Civil de Valparaíso aprobó un monto cercano a $15,2 mil millones de pesos chilenos, equivalente a alrededor del 10% del valor real del embarque perdido.

El conflicto se originó luego de que el Maersk Saltoro, que transportaba cerezas chilenas a China, sufriera una avería en plena navegación y quedara a la deriva por más de 20 días en el océano Pacífico, cerca de Micronesia.

El retraso hizo que la nave llegara fuera de la ventana comercial del Año Nuevo Chino y que el cargamento arribara en mal estado a Nansha, donde fue descartado por las autoridades sanitarias, que ordenaron la destrucción de más de 5 millones de cajas de cerezas.

Las exportadoras alegaban que las normas que permiten al armador y transportista limitar su responsabilidad mediante un fondo especial vulneraban la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y la reparación integral del daño.

Según su postura, el sistema las obligaba a aceptar indemnizaciones que solo cubren una fracción de las pérdidas efectivas derivadas del siniestro.

El Tribunal, sin embargo, sostuvo que la limitación de responsabilidad es una institución reconocida en el derecho marítimo internacional y cumple una función legítima, al proteger la viabilidad del transporte marítimo y evitar la ruina financiera por contingencias en alta mar.

Por ello, concluyó que las disposiciones cuestionadas del Código de Comercio no infringen la Constitución y pueden aplicarse al caso del Maersk Saltoro.

Así, se mantendrá como límite de responsabilidad la cifra de aproximadamente $15,2 mil millones de pesos chilenos, cercana al 10% del valor real de la carga, y se conserva el reparto proporcional del fondo autorizado por el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso.

De haberse acogido el requerimiento, cada exportadora habría podido demandar individualmente por su propio daño, buscando indemnizaciones plenas por las millones de cajas de cerezas destruidas; al rechazarse, sigue vigente el esquema de compensación común.

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⚖️ Rechazo del TC al requerimiento de exportadoras.
📜 Se mantienen los artículos clave del Código de Comercio.
🚢 Avería del Maersk Saltoro dejó la nave a la deriva.
🍒 Destrucción de más de 5 millones de cajas de cerezas.
💰 Tope de indemnización: cerca de $15,2 mil millones.
🔟 Aproximadamente un 10% del valor real de la carga.
🧑‍⚖️ Se mantiene el fondo de limitación de responsabilidad.
🌐 TC respalda figura reconocida en el derecho marítimo internacional.

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