La Municipalidad de San Carlos enfrenta una millonaria
condena tras las resoluciones de la justicia laboral, que ordenan el pago de
más de 36 millones de pesos en indemnizaciones a tres exfuncionarias que se
desempeñaron por años en el municipio.
Las trabajadoras afectadas son Flor Mora Acuña, quien
ejercía como secretaria; Alia Sanles Yamal, asistente social y coordinadora de
áreas; y Zuyin Guajardo Villagra, técnico en enfermería. Las profesionales,
desvinculadas abruptamente el 31 de diciembre de 2024, interpusieron demandas
ordinarias que terminaron desnudando una vez más una práctica contractual
irregular.
La estrategia de la defensa: Desmontando la "figura
simulada"
Apelando al principio laboral de la primacía de la realidad
—el cual establece que lo que ocurre en el terreno de los hechos prima por
sobre los documentos escritos—, la defensa argumentó que los servicios
prestados no eran ni accidentales ni transitorios, como exige la excepción del
artículo 4 del Estatuto Administrativo (Ley 18.883) para justificar los
honorarios. Por el contrario, demostraron que las exfuncionarias ejecutaban
labores permanentes, esenciales y fundamentales en la organización jerárquica
de la municipalidad.
Para acreditar el vínculo de subordinación y dependencia,
los abogados expusieron pruebas irrefutables de que las extrabajadoras operaban
bajo las mismas condiciones que un funcionario de planta. Se acreditó en el
juicio el cumplimiento obligatorio de un horario de trabajo diario y semanal
fiscalizado mediante reloj control, la sujeción a instrucciones precisas de las
jefaturas directas de Seguridad Pública, la obligación de rendir cuenta mensual
de sus labores y el uso constante de instalaciones, equipos y bienes
municipales.
Además, la defensa hizo hincapié en que las exfuncionarias
gozaban en la práctica de derechos propios del Código del Trabajo, tales como
permisos administrativos, feriados legales (vacaciones) con goce de sueldo y el
pago de viáticos por traslados, lo que desvirtuaba por completo la supuesta
"independencia" o "autonomía" del modelo a honorarios.
Asimismo, atacaron duramente la forma del despido, calificándolo de
injustificado y arbitrario al carecer de causales legales válidas y dejar a las
trabajadoras en la más absoluta indefensión tras años de servicio
ininterrumpido.
En total, la suma a desembolsar asciende a unos $36 millones
de pesos, solo considerando estas indemnizaciones directas, sin contar el cobro
de cotizaciones adeudadas.
Mientras la defensa de las trabajadoras logró consolidar la protección de sus derechos adquiridos, el municipio —que argumentó invariablemente que sus actos estaban amparados bajo el principio de legalidad y la presunción de que los contratos civiles eran válidos— ha recurrido a la presentación de recursos de nulidad laboral en la Corte de Apelaciones respectiva para intentar revertir este duro revés judicial.
