El Instituto de Seguridad Laboral (ISL) recordó a las empresas que la protección de los trabajadores es una obligación legal ante la emergencia climática. Con temperaturas superiores a los 35°C pronosticadas para Ñuble, el empleador debe evaluar y controlar cualquier riesgo que amenace la vida.
Bajo el Decreto Supremo 44, las empresas deben suspender faenas y evacuar al personal si existe un peligro grave e inminente por el fuego. Los trabajadores tienen el derecho de interrumpir sus labores si consideran que su integridad física o mental se encuentra en riesgo directo.
Quienes trabajen en terreno deben recibir obligatoriamente elementos de protección como mascarillas P100, gafas anti-polvo y protector solar factor 50+. Además, el empleador está obligado a garantizar hidratación constante y equipamiento certificado por el Instituto de Salud Pública (ISP).
El ISL enfatizó el resguardo de "personas especialmente sensibles", como embarazadas, adultos mayores o enfermos crónicos. Para estos grupos se exige la reasignación de funciones en lugares seguros o la suspensión de tareas para evitar complicaciones graves de salud.
Medidas obligatorias para empresas
😷 Protección: Entrega de mascarillas con filtro, gafas y protector solar.💧 Bienestar: Acceso garantizado a hidratación y lugares de descanso protegidos.
🛡️ Prevención: Uso de mantas ignífugas al utilizar esmeriles o soldadoras cerca de vegetación.
Grupos de protección reforzada
🤰 Mujeres embarazadas o en período de lactancia.👵 Personas mayores y enfermos respiratorios o cardiovasculares.
🧠 Trabajadores cuya salud mental se vea afectada por la catástrofe.
Fuente: isl.gob.cl
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