El Segundo Tribunal Ambiental confirmó la multa de 1.500 UTA (equivalentes a $1.230 millones) contra la empresa Inversiones Guanabara Apoquindo S.A., ex-Olivares de Quepu, por realizar modificaciones no autorizadas en su planta de aceite de oliva en Pencahue, región del Maule, sin contar con la respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
Fallo confirma sanción ambiental
La resolución —dictada por los ministros Marcela Godoy, Cristián Delpiano y Cristián López— determinó que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) actuó conforme a lo ordenado en 2021, al recalcular la sanción considerando la proporcionalidad y los agravantes del caso.
El Tribunal sostuvo que el monto “se encuentra debidamente motivado y cumple con el principio de proporcionalidad”, rechazando los argumentos de la empresa sobre presuntos errores metodológicos o demoras procesales.
Reafirmación del control ambiental
El caso se inició en 2019, cuando la SMA aplicó una primera multa de 1.916 UTA, anulada en 2021 y recalculada en junio de 2024. Con esta decisión, el Tribunal reafirma la validez de las sanciones ambientales y la obligación de someter a evaluación cualquier modificación industrial que altere las condiciones originales del proyecto.
⚖️ Datos clave:
- 💰 Multa: $1.230 millones (1.500 UTA).
- 🏭 Empresa: Inversiones Guanabara Apoquindo S.A. (ex-Olivares de Quepu).
- 📍 Ubicación: Pencahue, Región del Maule.
