REGIONES. El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) aplicó una sanción de 30 días sin ejercicio de funciones -con derecho al 50% de su sueldo- al alcalde Camilo Benavente, tras analizar un requerimiento presentado por exconcejales de la comuna.
La resolución, emitida este jueves, reconoció diversas irregularidades en su gestión, aunque consideró insuficientes los antecedentes para decretar su destitución. Entre las faltas comprobadas destacan:
Contrataciones irregulares: Incorporación de su primo Carlos Webar Jiménez en programas municipales, vulnerando normas sobre nepotismo
Omisión de fiscalización: Sobre contrataciones de dos funcionarias vinculadas al Administrador Municipal
Arriendos sin licitación: Autorización directa de contratos de inmuebles municipales, sin procesos competitivos ni aprobación del Concejo
Entrega irregular de sedes deportivas: Puesta a disposición de recintos sin recepción definitiva, incumpliendo la Ley de Urbanismo
Falta de control contractual: Incumplimientos reiterados en mantención de áreas verdes por parte de la empresa Parques Johnson, sin aplicar sanciones
El tribunal determinó que, pese a la gravedad de los hechos, no se acreditó daño patrimonial significativo ni beneficio personal directo del edil. No obstante, confirmó violaciones a deberes funcionales, aplicando la suspensión contemplada en la Ley N°18.883.
La sanción -que incluye prohibición total de ejercer funciones durante el periodo- se hará efectiva una vez ejecutoriada la sentencia, siendo notificada al Concejo Municipal, Secretaría Comunal y Contraloría General de la República.