Corte ratifica condena a sancarlino por desacato

Corte de Apelaciones de Chillán

en contexto de violencia intrafamiliar

REGIONES. -  La Corte de Apelaciones de Chillán ha rechazado de manera unánime el recurso de nulidad presentado por la defensa de Carlos Alfredo Romero San Martín, confirmando así la sentencia que lo condena a dos penas de 541 días de presidio efectivo.

Romero San Martín fue declarado autor de dos delitos consumados de desacato en el marco de violencia intrafamiliar (VIF), cometidos en julio y octubre de 2022 en la comuna de San Carlos.

El fallo de la Segunda Sala del Tribunal de Alzada respalda la decisión tomada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, destacando que los sentenciadores dieron "correcta aplicación a lo señalado en la letra c) del artículo 342 del Código Procesal Penal".

La resolución sostiene que el tribunal analizó de manera coherente y racional toda la prueba presentada durante el juicio oral, fundamentando de manera sólida la condena impuesta.

Según el tribunal de primera instancia, el día 9 de octubre de 2022, aproximadamente a las 08:00 horas, Carlos Alfredo Romero San Martín, en estado de ebriedad, ingresó al domicilio de su conviviente, siendo detectado por vecinos que alertaron a Carabineros.

La rápida intervención policial resultó en la detención de Romero San Martín dentro de la vivienda. Sin embargo, a las 17:00 horas del mismo día, el condenado volvió en estado de ebriedad a la casa de la víctima, alegando retirar pertenencias, lo que condujo a su segunda detención por parte de Carabineros en las inmediaciones del domicilio.

Cabe destacar que, con estos actos, Romero San Martín incumplió una prohibición previa de acercarse a la víctima y su hogar, dictada en una causa anterior por un delito de naturaleza similar cometido el 9 de enero de 2022.

La sentencia de la Corte de Apelaciones reafirma el compromiso de la justicia en la protección de las víctimas de violencia intrafamiliar y destaca la coherencia y rigurosidad en la aplicación de la ley por parte de los tribunales de Chillán.

Fuente: comunicado

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