Corte de Apelaciones de Chillán
en contexto de violencia intrafamiliar
REGIONES. - La Corte de Apelaciones de Chillán ha rechazado de manera unánime el recurso de nulidad presentado por la defensa de Carlos Alfredo Romero San Martín, confirmando así la sentencia que lo condena a dos penas de 541 días de presidio efectivo.
Romero San Martín fue declarado
autor de dos delitos consumados de desacato en el marco de violencia
intrafamiliar (VIF), cometidos en julio y octubre de 2022 en la comuna de San
Carlos.
El fallo de la Segunda Sala del Tribunal de Alzada respalda la decisión tomada por el Tribunal de Juicio Oral
en lo Penal de Chillán, destacando que los sentenciadores dieron "correcta
aplicación a lo señalado en la letra c) del artículo 342 del Código Procesal
Penal".
La resolución sostiene que el
tribunal analizó de manera coherente y racional toda la prueba presentada
durante el juicio oral, fundamentando de manera sólida la condena impuesta.
Según el tribunal de primera
instancia, el día 9 de octubre de 2022, aproximadamente a las 08:00 horas,
Carlos Alfredo Romero San Martín, en estado de ebriedad, ingresó al domicilio
de su conviviente, siendo detectado por vecinos que alertaron a Carabineros.
La rápida intervención policial
resultó en la detención de Romero San Martín dentro de la vivienda. Sin
embargo, a las 17:00 horas del mismo día, el condenado volvió en estado de
ebriedad a la casa de la víctima, alegando retirar pertenencias, lo que condujo
a su segunda detención por parte de Carabineros en las inmediaciones del domicilio.
Cabe destacar que, con estos
actos, Romero San Martín incumplió una prohibición previa de acercarse a la
víctima y su hogar, dictada en una causa anterior por un delito de naturaleza
similar cometido el 9 de enero de 2022.
La sentencia de la Corte de
Apelaciones reafirma el compromiso de la justicia en la protección de las
víctimas de violencia intrafamiliar y destaca la coherencia y rigurosidad en la
aplicación de la ley por parte de los tribunales de Chillán.
Fuente: comunicado