Tribunales rechazan acción dilatoria en juicio “techado Feria Libre”


LOCAL. - El Juzgado de Letras rechazó una acción dilatoria que el municipio de San Carlos había interpuesto en el juicio que le sigue la constructora Ingesep por incumplimiento de contrato del proyecto de techado de la Feria Libre local, donde la empresa debió recurrir a los Tribunales dado que la Municipalidad dio cumplimiento a su obligación de entrega del terreno (feria libre), lo que trajo aparejado una serie de perjuicios señalados en la millonaria demanda que alcanza a los $2.000 millones.

El abogado de confianza del alcalde, Juan  Orozco presentó una excepción dilatoria  pretendiendo corregir el procedimiento, lo cual fue rechazado con costas por el Tribunal que en su sentencia  indica: “que se rechazan, con costas, las excepciones dilatorias del Artículo 303 N°6 del Código de Procedimiento Civil, esto es, aquellas que se refieran a la corrección del procedimiento sin afectar al fondo de la acción deducida; y la del articulo 303 N°4 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la ineptitud del libelo por falta de algún requisito legal en el modo de proponer la demanda en relación con el articulo 254 N°5 del Código de procedimiento Civil.

 La resolución es de don David Hernán Bravo Villarroel, juez suplente del 1° Juzgado de Letras de San Carlos y está fechada el pasado 17 de junio de 2023. 

Actualmente el proyecto fue rediseñado por el municipio que busca una nueva licitación, y lo ha presentado nuevamente al Consejo Regional y al Mideso en busca de su aprobación y mayores recursos, sin considerar la millonaria demanda que Ingesep ha iniciado en contra del municipio.

El próximo jueves 27 a las 16:00 horas se cierra el plazo para las ofertas a este proyecto que ha sido publicado en ocasiones anteriores en Mercado Público, sin oferentes. 

Se cree que la intención sería buscar la licitación directa para lo cual se requiere el apoyo de dos organismos del estado, el Mideso que apruebe estos proyectos y el GORE que debería realizar un aporte extraordinario para su concreción.

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