Tribunal ordena al alcalde Méndez a dejar de grabar videos en la municipalidad


LOCAL.- Tribunal ordena a alcalde Méndez cesar las grabaciones al interior del municipio y represalias que afectan a dos directivos municipales que demandaron a la municipalidad de San Carlospor grabaciones irregulares de videos obtenidos  desde el sistema que administraba desde su oficina el exencargado de seguridad ciudadana Ricardo Asfura.

Como se ha informado  el concejal Héctor Guzmán obtuvo en el municipio grabaciones de conversaciones de dos directivos, el exadministrador  Mauricio del Río y el director de Control, Ricardo Parra Ortiz.

Según los afectados  las grabaciones de video que han sido calificadas de irregulares fueron obtenidas dentro de una oficina y en el marco de una conversación informal, sistema de grabaciones que  instaló la administración anterior y que operaba el exencargado de seguridad ciudadana, primo del alcalde anterior, Ricardo Asfura. 

Lo anterior llevó a ambos directivos a presentar acciones legales en contra de quienes aparezcan como responsables y también en contra del alcalde Pedro Méndez en una tutela laboral, por vulneración de derechos laborales, discriminación política e inviolabilidad  de comunicaciones.

El tribunal  ha resuelto que el municipio deje de realizar grabaciones al interior del municipio  como también termine  con actos de represalia en contra de los afectados.

“Apareciendo de los antecedentes acompañados al proceso que se trata de lesiones de especial gravedad y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 492 del Código del Trabajo, ha lugar a lo solicitado y se dispone que el empleador, Ilustre Municipalidad de San Carlos, representada legalmente por don Pedro Méndez Sánchez, deberá cesar todas las grabaciones – audiovisuales realizadas al interior de todos aquellos espacios dentro del municipio que no sean públicos. A su vez, deberá ordenar paralizar cualquier represalia contra el demandante por parte de los concejales de la comuna o del señor Alcalde en los concejos municipales o mediante cualquier otro acto administrativo. Notifíqueseles, bajo apercibimiento de aplicar multa de cincuenta unidades tributarias mensuales, la que podrán repetirse hasta obtener el debido cumplimiento de la medida decretada” indica lo resuelto por el tribunal en el caso del exadministrador Mauricio del Río y  un dictamen similar  existe en la demanda interpuesta por el director de Control, Ricardo Parra.

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