LOCAL.- De acuerdo a lo establecido la Ley N° 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios , la prohibición para comprar bebidas alcohólicas es solo para el mismo día de la elección; es decir, en este caso el Plebiscito Constitucional rige el domingo 25 de octubre de 2020, entre las 5:00 horas (cinco de la mañana) y dos horas después del cierre de la votación, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose solo los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos.
Lo anterior significa que aquellos negocios que expendan alcohol podrán retomar sus ventas a las 22:00 horas, considerando que a las 20:00 horas se cerrarán las mesas de escrutinio.
La misma normal legal establece, entre otras cosas, que el día de una elección o plebiscito, hasta dos horas después del cierre de la votación, no podrán realizarse espectáculos o eventos deportivos, artísticos o culturales de carácter masivo, cuando la fuerza encargada del orden público estime que estos podrían afectar el normal desarrollo del proceso electoral.
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