Alzamiento bancario parcial en caso “luminarias Led” provoca reacción de empresa Itelecom



Mientras la Corte de Apelaciones de Chillán confirmó el alzamiento parcial de la cuenta corriente  de uno de los imputados, la empresa Intelecom reaccionó  sobre esta medida que afecta a uno de los sus socios y a la misma empresa.
Corte de Chillán confirma alzamiento parcial de cuenta corriente de empresario imputado por soborno
La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó este miércoles la resolución impugnada que acogió la solicitud de la defensa y decretó el alzamiento parcial de la medida cautelar real de retención de los fondos de la cuenta corriente personal del empresario León Marcelo Lefort Henríquez, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de soborno. Ilícito perpetrado en el proceso de licitación de recambio de luminarias led del alumbrado público de la comuna.

En fallo unánime (causa rol 358-2020), la Primera Sala del Tribunal de Alzada –integrada por los ministros Guillermo Arcos, Darío Silva y Claudio Arias– ratificó lo resuelto por el Juzgado de Garantía de San Carlos, el 27 de agosto recién pasado.

“Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los comparecientes, de los que se desprende que el imputado lleva más de 4 meses en prisión preventiva, perodo en el que ciertamente no ha podido tener legalmente ingresos, ya de remuneraciones, ya de dividendos o retiros u otros vinculados a su empresa, justamente por la existencia de la cautelar real que se revisa, sin que se haya demostrado suficientemente lo contrario por el ente persecutor, mientras que los gastos personales y familiares, cabe presumir, se mantienen y que lo pedido y otorgado por el Tribunal de primer grado es solo un alzamiento parcial referido a los dineros de la cuenta personal del encartado, de la que no existen antecedentes que se hayan mezclado con los de la institucional, razones por la que es posible permitir, por ahora, y para la subsistencia del grupo familiar, acceder a lo pedido por la defensa, sin perjuicio de lo que sugiera el curso de la investigación en su oportunidad, por lo que visto además lo dispuesto en los artículos 157, 358 y 360 del Código Procesal Penal, y 32 de la ley 19.913 se confirma la resolución apelada de fecha veintisiete de agosto pasado”, consigna el fallo.

Comunicado de prensa Itelecom
1.- El Ministerio Público ha presentado una solicitud de ampliación del plazo para la investigación, que vencía originalmente esta semana, en un caso que involucra a algunos funcionarios municipales y a un socio de la empresa Itelecom, en relación con licitaciones municipales que representan un monto marginal de los contratos realizados por esta empresa.

2.- Esta solicitud de prolongar el plazo de investigación se suma a la medida cautelar vigente de congelamiento de los fondos de la empresa Itelecom, dictada por el Juzgado de Garantía de San Carlos acogiendo una petición del Ministerio Público.

3.- Dicha medida de retención de fondos que afecta a Itelecom no guarda ninguna relación con el monto del contrato objeto de la investigación que se encuentra formalizada, que corresponde únicamente al contrato con el municipio de Chillán el cual, por lo demás, no alcanzó a ser ejecutado.

4.- La mantención de estas cautelares desproporcionadas y excesivas, sumado a una eventual ampliación del plazo de investigación, evidentemente afectan la situación financiera de nuestra empresa.

5.- Reiteramos nuestra disposición a colaborar en la investigación del Ministerio Público, como lo hemos hecho en todo este tiempo, pero al mismo tiempo requerimos que se nos permita seguir trabajando como empresa de la que dependen cientos de puestos de trabajo.

6.- Tenemos el deber de advertir que, de mantenerse estas medidas cautelares excesivas y prolongarse en el tiempo la investigación, la capacidad de Itelecom de cumplir sus compromisos se verá gravemente afectada.



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