Detalles de normativa para contratos laborales por obra y faena

AGRICULTURA .- By eltipografo.cl   Enero 18, 2019 La iniciativa entró en vigencia a partir de este 2019. A fines de 2018, el Congreso aprobó la moción del Senado, que buscaba generar modificaciones al Código del Trabajo en materia de ‘contratos por obra y faena’, iniciativa que ya entró en vigencia.

“Esta es una muy buena noticia para cientos de miles de trabajadores de nuestro país, que están sujetos a este tipo de contratos. A partir del 1 de enero de este año, todos los contratos celebrados por obra o faena tendrán que someterse a las nuevas normativas que se han establecido y que buscan fortalecer los derechos laborales de estos trabajadores”, explicó el senador, Juan Pablo Letelier (PS).

En el detalle de la iniciativa, si bien este tipo de contratos está regulado por el Código del Trabajo, según el parlamentario “aún cuando estaba definido, no había una descripción clara de las implicancias en la relación trabajador y empleador, lo que permitía que muchas veces las empresas hicieran varios contratos sucesivos, con la misma persona”.

“Un claro ejemplo de esto es lo que ocurre con los ‘packing’, donde muchas veces los trabajadores eran contratados y finiquitados, por el embalaje de cada tipo de fruta. En cambio ahora, se diferencia claramente, entre lo que entendemos por “tarea” -como la poda- y lo que es la obra o faena, que en este caso sería la temporada completa”.

En ese sentido, gracias a las precisiones indicadas en la nueva ley, se establece que las diferentes tareas que dan vida a una obra o faena no podrán derivar en dos o más contratos sucesivos, tal como ocurría hasta el 2018; ya que en ese caso, se dará por entendido que el contrato pasa a tener el carácter de “indefinido”.

En cuanto a salud, la normativa legal establece que quienes son contratados bajo este régimen y cuenten con cuatro cotizaciones de salud en un plazo de 12 meses, tendrán derecho al uso de Fondas durante un año más, desde el día que reciban su finiquito.

La iniciativa también contempla cambios respecto a la indemnización que deber recibir los trabajadores que laboran bajo este tipo de contratos; en esa línea Letelier aseguró que “hasta el año pasado, los trabajadores contratados por obra o faena, una vez que terminaban sus funciones recibían su finiquito, en el que se les cancelaban remuneraciones pendientes -en el caso que existiesen- y un monto correspondiente a las vacaciones proporcionales”.

No obstante, recalcó, “con la nueva Ley, los empleadores deberán pagar también una indemnización de 2,5 días por mes trabajado, lo que será aplicado gradualmente”.

De esta forma, a partir de la aplicación de la nueva ley, cada trabajador finiquitado recibirá desde enero de 2019 a junio de 2020, un día de indemnización por mes trabajado; desde julio de 2020 a junio de 2021, 1,5 días; de julio a diciembre de 2021, dos días por mes trabajado y desde enero de 2022 en adelante, 2,5 días.

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