Corte de apelaciones verá recurso en caso "acarreo electoral"

Dos recursos de apelación que buscan anular la determinación del Tribunal de Garantía que no acogió el sobreseimiento de la causa, presentaron ayer los abogados que defiende a los querellados en el caso "acarreo electoral" y que tiene como principal involucrada a la alcaldesa de San Fabián, Lorena Jardua.

Como se recordará el pasado dia 6 el tribunal de Garantía desechó la presentación de los abogados de Lorena Jardua y los demás involucrados, que pedían el sobreseimiento definitivo de la causa argumentando que "no se afectó el bien jurídico que es la democracia representativa regional, esto porque la alcaldesa Jardua ganó por más de 800 votos de diferencia y el supuesto acarreo terminó siendo de 10 personas, que ni siquiera votaron en San Fabián" explicó el abogado Rodrigo Vera Lama.
Para los querellados el recurso de sobreseimiento no se habría acogido en la forma y no en el fondo, debido a que el magistrado argumentó que no era la instancia para evaluar las evidencias presentadas.
Para el fiscal, Pablo Fritz, el número de electores y si estos votaron o no, no es parte del delito "El delito es tan sencillo como incitar a otro a cambiar de domicilio electoral. Eso es todo".
En horas de la mañana de ayer miércoles 11 en el Tribunal de Garantía de esta ciudad, en nombre del abogado Ricardo Robles por Lorena Jardua y de Rodrigo Vera Lama por Ariel Torres y Juan Carlos Parada se presentaron dos recursos de apelación que deberán ser visto dentro de 10 días más, una vez que el tribunal eleve los antecedentes a la Corte de Apelaciones.
Se estima que los alegatos de estos recursos serían programados para los días 22 o 23 de noviembre, tras lo cual si se acoge el recurso de apelación el tribunal podría ordenar el sobreseimiento definitivo de la causa, o en cambio, si deja a firme la determinación del Tribunal de Garantía que rechazó el sobreseimiento, la causa deberá preparase para ingresar al Tribunal Oral en lo penal, en audiencia programada para el dia 9 de diciembre, tal como lo estableció el tribunal de garantía.

Comenta aquí!

Artículo Anterior Artículo Siguiente

نموذج الاتصال