Corte Suprema ratifica millonaria indemnización


Copelec debió cancelar más de 259 millones de pesos de indemnización a dueña de predio en San Fabián.
La Corte Suprema ratificó sentencia que condenó a la empresa eléctrica Cooperativa de Consumo Eléctrico Chillán (Copelec), a pagar una indemnización total de $259.850.000 a la propietaria de un terreno que resultó quemado en 2010 en San Fabián de Alico, según informó la Corte de Apelaciones de Chillán mediante un comunicado de prensa.
En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que ordenó pagar $3.000.000, por concepto de daño moral, y $256.850.000, por daño emergente, a Cecilia Sepúlveda Clarkson, propietaria del fundo Alico, ubicado en San Fabián de Alico, siniestrado el 4 de abril de 2010.
La sentencia de la Primera Sala ratifica la responsabilidad de la empresa por la falta de mantención de la faja del tendido eléctrico que atraviesa un predio aledaño al terreno quemado, y que provocó el incendio que afectó a más de 6.200 hectáreas, incluido el fundo de la demandante.
"Que el recurso de casación en el fondo es extraordinario y, por tanto, de Derecho estricto. Tal como lo disponen los artículos 764, 767, 772 del Código de Procedimiento Civil, en su interposición deben ser denunciadas determinadamente las normas que se consideran infringidas, en qué consisten los errores de Derecho de que adolece la sentencia y de qué modo esos errores han influido substancialmente en lo dispositivo del fallo (...) En cuanto al primero, atendidas las apreciaciones formuladas por los jueces del fondo, su revisión implicaría entrar a remover los hechos establecidos por ellos, de lo cual esta Corte de casación está impedida. Y en cuanto al segundo, su infracción queda por lo mismo descartada", sostiene el fallo del máximo tribunal.

En tanto, la resolución de primera instancia, dictada el 20 de noviembre de 2013 por el juez del Primer Juzgado Civil de Chillán, Héctor Heinrich, había establecido la  responsabilidad de la empresa en la falta de mantención de la faja en torno al tendido eléctrico.
Por su lado el abogado de la Copelec, Alexis Valdés, señaló a la prensa que ya se había dado cumplimiento al pago y que este fallo de la Corte Suprema venía a ratificar lo acordado por la Corte de Apelaciones "Sabemos que en materia judicial uno se somete a ciertas resoluciones y es el camino del derecho, nada más que eso", agregó el abogado.


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