Advierten sobre intencionalidad
de crear temor en seminario de la asociación de Agricultores De Ñuble
Muchos productores agrícolas
salieron cabizbajos, preocupados y con ánimo agresivo, del seminario “Código de
Aguas, Reformas propuestas e implicancias para la agricultura”, efectuado el
martes pasado en San Carlos, organizado por la Asociación de Agricultores de
Ñuble.
La razón es que las exposiciones
del presidente de los agricultores, Alfredo Wahling; la de Francisco Saldías,
de la Junta de Vigilancia del Río Diguillín, del dirigente agrícola Fernando
Jeldres y del abogado especialistas y ex director general de Aguas del gobierno
Piñera, Francisco Echeverría, se centraron en descalificar y destacar aspectos
que hacen dudar respeto de los actuales derechos de aprovechamiento de aguas.
Solo se consideraron como
aspectos positivos de la nueva normativa la prioridad de uso del agua para
consumo humano y sanitario; y en lo técnico se expusieron asuntos interesantes
que deben ser tomados en la discusión parlamentaria relacionados a nuevas
exigencias en mediciones y plazos para regulación de aguas.
Pero el énfasis se centró en una
posición de más o menos Estado y más o menos decisión de privados; y en una
desconfianza total en que se mantendrán intactos los derechos de los actuales
titulares, porque según los expositores el titular de los derechos de agua deja
de ser dueño de estos. Esto debido a que pueden ser suspendidos
transitoriamente sus derechos, sin indemnización por razones de “interés
público”, lo que según el abogado Echeverría, “es un concepto que no está
definido y nadie sabe en qué consiste”.
En la ocasión no hubo contraparte
del Gobierno, y los parlamentarios de la Nueva Mayoría que asistieron, Carlos
Abel Jarpa (PRSD) y Jorge Sabag (DC), no mostraron mayor conocimiento y manejo
de las últimas indicaciones presidenciales al proyecto. Esto habla de desinformación
y de falta de debate con las partes interesadas, que es una de las críticas más
contundentes, en cuanto a fundamento, de los agricultores locales.
Lo que sí informó el diputado
Carlos Abel Jarpa es que la indicación sustitutiva para reformar al Código de
Aguas ingresó a la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación de la Cámara
de Diputados recién el 8 de octubre de 2014. “Desde la fecha de su presentación
hasta hoy, solo han transcurrido tres reuniones, las cuales continuarán el
próximo lunes 3 de noviembre y el miércoles 5, respectivamente”, lo que
disculpa en parte a los parlamentarios, pero demuestra que hay falta de debate
previo en el tema.
INFORMACIÓN MALICIOSA
“Lo que vi, lamentablemente, en
ese encuentro, más allá de informar, fue generar condiciones para llamar a la
gente a movilizarse. Si se hubiese planteado mostrando ‘esto es lo que hay
sobre las modificaciones, esto es lo que nos parece y hay que cambiarlo, y esto
sí nos parece’, estaría bien. Pero no alarmar: ‘nos van a quitar el agua, van
barrer con los derechos de propiedad, nos van a quitar todo’”, comenta Paulo de
la Fuente, coordinador de la Macrozona Centro Sur de la CNR, que asistió como
oyente al seminario de San Carlos y que será uno de los expositores en la
Cámara de Diputados mañana.
De la Fuente precisa que hay
varios errores o desconocimiento en lo que exhibió particularmente Francisco
Echeverría. “Al quitar la palabra dueño de la legislación y cambiarla por
titular, no se está desconociendo la propiedad, solo se está utilizando un
concepto jurídico más amplio. La indicación presidencial dice que las personas
que ya tienen derechos de aprovechamiento de agua, no van a ser tocadas. Por lo
tanto van a mantener su calidad de dueños de su derecho de agua, y los derechos
que se generen de aquí en adelante, van a ser concesionarios de un
aprovechamiento. Habrá dos regímenes jurídicos”, explica.
Agrega que los “titulares”, en el
caso que sean dueños, podrán transferir sus derechos en la misma normativa que
rige hoy y que los títulos siguen teniendo su mismo valor para avalar hipotecas
u otros ejercicios con el sector financiero, lo que también fue cuestionado en
el seminario. Para la figura del “concesionario”, regiría la nueva legislación
con plazos establecidos.
Sobre lo que ocurrirá con futuras
acciones, en el caso de La Punilla o en el Laja-Diguillín con “Los Blancos”,
debería regir el sistema de concesiones, si no se hace una excepción especial.
Agrega que sin ésta “Los Blancos” igual tendrían derecho, a lo menos, a usar y
gozar de su aprovechamiento por 30 años prorrogables. Una situación similar
ocurriría con los nuevos signatarios de derechos del Embalse Punilla, que
previamente no tenían derechos de aguas del río Ñuble.
En el caso de los dueños de los
derechos del río Ñuble, que van a optar por acciones mejoradas del Punilla,
para ellos también se superpone el sistema actual de propiedad, con todas sus
atribuciones.
Aclara que los titulares que son
dueños de derechos de aprovechamiento de agua podrán seguir ejerciendo el uso,
goce y disposición a plenitud de su propiedad. Esto implica que estarán en
derecho a vender, lo que cuestionó el abogado Echeverría en su exposición.
Los que solo podrán hacer uso
restringido en lo que respecta a “disponer” de sus derechos serán los titulares
concesionarios, que accedan a derechos de aprovechamiento.
Finalmente explica que debido a
un artículo transitorio se podrá restringir el derecho de aprovechamiento de
agua en caso de “interés público”, similar al que restringe el derecho de propiedad
de la tierra. Este punto Saldías y Echeverría lo calificaron como un término no
definido y que nadie sabe en qué consiste.
“Cuando se habla de interés
público, se habla de un interés superior. La Constitución habla de esos
conceptos. Habla de función social, interés general de la nación, seguridad
nacional, utilidad y salubridad pública y conservación del patrimonio
ambiental. Esos conceptos están en el Artículo 19 Nº 24 de la Constitución, que
regula el derecho a propiedad”, precisa De la Fuente.
Fuente.www.ladiscusion.cl