Gobierno refuta a agricultores por reformas sobre el agua




Advierten sobre intencionalidad de crear temor en seminario de la asociación de Agricultores De Ñuble

Muchos productores agrícolas salieron cabizbajos, preocupados y con ánimo agresivo, del seminario “Código de Aguas, Reformas propuestas e implicancias para la agricultura”, efectuado el martes pasado en San Carlos, organizado por la Asociación de Agricultores de Ñuble.
La razón es que las exposiciones del presidente de los agricultores, Alfredo Wahling; la de Francisco Saldías, de la Junta de Vigilancia del Río Diguillín, del dirigente agrícola Fernando Jeldres y del abogado especialistas y ex director general de Aguas del gobierno Piñera, Francisco Echeverría, se centraron en descalificar y destacar aspectos que hacen dudar respeto de los actuales derechos de aprovechamiento de aguas.
Solo se consideraron como aspectos positivos de la nueva normativa la prioridad de uso del agua para consumo humano y sanitario; y en lo técnico se expusieron asuntos interesantes que deben ser tomados en la discusión parlamentaria relacionados a nuevas exigencias en mediciones y plazos para regulación de aguas.
Pero el énfasis se centró en una posición de más o menos Estado y más o menos decisión de privados; y en una desconfianza total en que se mantendrán intactos los derechos de los actuales titulares, porque según los expositores el titular de los derechos de agua deja de ser dueño de estos. Esto debido a que pueden ser suspendidos transitoriamente sus derechos, sin indemnización por razones de “interés público”, lo que según el abogado Echeverría, “es un concepto que no está definido y nadie sabe en qué consiste”.
En la ocasión no hubo contraparte del Gobierno, y los parlamentarios de la Nueva Mayoría que asistieron, Carlos Abel Jarpa (PRSD) y Jorge Sabag (DC), no mostraron mayor conocimiento y manejo de las últimas indicaciones presidenciales al proyecto. Esto habla de desinformación y de falta de debate con las partes interesadas, que es una de las críticas más contundentes, en cuanto a fundamento, de los agricultores locales.
Lo que sí informó el diputado Carlos Abel Jarpa es que la indicación sustitutiva para reformar al Código de Aguas ingresó a la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación de la Cámara de Diputados recién el 8 de octubre de 2014. “Desde la fecha de su presentación hasta hoy, solo han transcurrido tres reuniones, las cuales continuarán el próximo lunes 3 de noviembre y el miércoles 5, respectivamente”, lo que disculpa en parte a los parlamentarios, pero demuestra que hay falta de debate previo en el tema.
INFORMACIÓN MALICIOSA
“Lo que vi, lamentablemente, en ese encuentro, más allá de informar, fue generar condiciones para llamar a la gente a movilizarse. Si se hubiese planteado mostrando ‘esto es lo que hay sobre las modificaciones, esto es lo que nos parece y hay que cambiarlo, y esto sí nos parece’, estaría bien. Pero no alarmar: ‘nos van a quitar el agua, van barrer con los derechos de propiedad, nos van a quitar todo’”, comenta Paulo de la Fuente, coordinador de la Macrozona Centro Sur de la CNR, que asistió como oyente al seminario de San Carlos y que será uno de los expositores en la Cámara de Diputados mañana.
De la Fuente precisa que hay varios errores o desconocimiento en lo que exhibió particularmente Francisco Echeverría. “Al quitar la palabra dueño de la legislación y cambiarla por titular, no se está desconociendo la propiedad, solo se está utilizando un concepto jurídico más amplio. La indicación presidencial dice que las personas que ya tienen derechos de aprovechamiento de agua, no van a ser tocadas. Por lo tanto van a mantener su calidad de dueños de su derecho de agua, y los derechos que se generen de aquí en adelante, van a ser concesionarios de un aprovechamiento. Habrá dos regímenes jurídicos”, explica.
Agrega que los “titulares”, en el caso que sean dueños, podrán transferir sus derechos en la misma normativa que rige hoy y que los títulos siguen teniendo su mismo valor para avalar hipotecas u otros ejercicios con el sector financiero, lo que también fue cuestionado en el seminario. Para la figura del “concesionario”, regiría la nueva legislación con plazos establecidos.
Sobre lo que ocurrirá con futuras acciones, en el caso de La Punilla o en el Laja-Diguillín con “Los Blancos”, debería regir el sistema de concesiones, si no se hace una excepción especial. Agrega que sin ésta “Los Blancos” igual tendrían derecho, a lo menos, a usar y gozar de su aprovechamiento por 30 años prorrogables. Una situación similar ocurriría con los nuevos signatarios de derechos del Embalse Punilla, que previamente no tenían derechos de aguas del río Ñuble.
En el caso de los dueños de los derechos del río Ñuble, que van a optar por acciones mejoradas del Punilla, para ellos también se superpone el sistema actual de propiedad, con todas sus atribuciones.
Aclara que los titulares que son dueños de derechos de aprovechamiento de agua podrán seguir ejerciendo el uso, goce y disposición a plenitud de su propiedad. Esto implica que estarán en derecho a vender, lo que cuestionó el abogado Echeverría en su exposición.
Los que solo podrán hacer uso restringido en lo que respecta a “disponer” de sus derechos serán los titulares concesionarios, que accedan a derechos de aprovechamiento.
Finalmente explica que debido a un artículo transitorio se podrá restringir el derecho de aprovechamiento de agua en caso de “interés público”, similar al que restringe el derecho de propiedad de la tierra. Este punto Saldías y Echeverría lo calificaron como un término no definido y que nadie sabe en qué consiste.
“Cuando se habla de interés público, se habla de un interés superior. La Constitución habla de esos conceptos. Habla de función social, interés general de la nación, seguridad nacional, utilidad y salubridad pública y conservación del patrimonio ambiental. Esos conceptos están en el Artículo 19 Nº 24 de la Constitución, que regula el derecho a propiedad”, precisa De la Fuente.
Fuente.www.ladiscusion.cl

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