Expertos afirman que aguas termales son un bien nacional de uso público


Alcalde de Pinto, Fernando Chávez, planteó posibilidad de liberar su acceso en Las Termas

Dos flancos abiertos tiene la Municipalidad de Chillán en torno a las aguas que nacen de la cordillera de Ñuble, en el predio Termas de Chillán. Uno apunta a la reciente confirmación por parte de la Dirección General de Aguas (DGA), de que fueron impugnados nueve de 10 puntos de captación de agua en el predio concesionado, que el municipio pretendió inscribir como propias, pero que a juicio de la Junta de Vigilancia del río Diguillín, les pertenecen a ellos.
En concreto, la medida apunta a que la municipalidad debe retirar toda la infraestructura existente, y liberar esos cursos de agua, que forman parte de los afluentes del río Renegado, que a su vez a la altura de Los Lleuques cae al Diguillín.
El otro dice relación con la polémica desatada por el alcalde de Pinto, Fernando Chávez, quien planteó su interés de abrir el acceso a las aguas termales sin requisito de pago, argumentando que se trata de un bien nacional de uso público. A la oposición a tal medida manifestada por la Municipalidad de Chillán, se sumó Guillermo Ruiz, presidente del Consorcio Nevados Chillán, que tiene la actual concesión de las aguas termales, afirmando que de acuerdo a su perspectiva, las aguas termales no son un bien nacional de uso público, e incluso planteando la idea de que el acceso a su fuente de origen (fumarolas, Olla del Mote y aguas calientes), tampoco podía ser liberado, argumentando que la caminata y el uso de esas aguas tiene un componente de riesgo para los usuarios.
Frente al debate si las aguas termales son o no un bien nacional de uso público, José Luis Arumí, decano de la Facultad de Ingeniería Agrícola de la UdeC, experto en hidrología, explica que “el Código de Aguas, que es el documento que rige el derecho de uso de las aguas, no establece distinciones de agua. En su artículo primero, establece que las aguas se dividen en marítimas y terrestres y que sus disposiciones se aplican a las aguas terrestres.
También en su artículo tercero, establece que las aguas que fluyen continua o discontinuamente, superficial o subterráneamente a una misma cuenca, son parte de la misma corriente. En el caso de las aguas termales de Ñuble, éstas fluyen en su mayoría hacia el río Diguillín, por lo que pasan a ser parte del bien nacional de uso público y se debe permitir el acceso hasta el punto donde son captadas por alguna infraestructura particular”, asegura.
El decano advierte que en el caso que exista un flujo de agua que muere dentro del mismo terreno donde nace, no se considera dentro de esta categoría. “Si por ejemplo nace una vertiente dentro de un predio y muere dentro del mismo, es decir no va a ningún curso, esa es agua particular, es la única excepción”, establece.
De acuerdo al juez de Aguas de la Junta de Vigilancia del Río Diguillín, Francisco Saldías, “las aguas de las Termas son un bien nacional de uso público porque se originan en fuentes que son cauces naturales. Todos los cauces está claro que deben tener acceso gratuito, en especial estas aguas”, asevera el abogado.
César Saavedra, director regional de la Dirección General de Aguas (DGA), avala lo mencionado anteriormente por los expertos. “Las aguas son un bien nacional de uso público, las aguas termales tienen la misma naturaleza, y además se le puede conceder el derecho de uso”, precisa la autoridad regional.

Fuente:ladiscusion.cl

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