La Corte Suprema rechazó el recurso de protección interpuesto por Inmobiliaria e Inversiones Tierra Verde Ltda. contra el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) del Biobío, por la supuesta omisión al no resolver una solicitud de subdivisión rural en Yumbel dentro del plazo de seis meses.
Fallo y fundamentos del tribunal
En su sentencia, Rol N° 28.404-2025, el máximo tribunal sostuvo que la demora administrativa no puede calificarse de ilegal o arbitraria mientras se mantenga dentro de parámetros razonables, considerando la carga laboral y los recursos del servicio.
La empresa había ingresado la solicitud el 30 de septiembre de 2024 y presentó el recurso el 31 de marzo de 2025, argumentando vulneración de los derechos de igualdad ante la ley y propiedad.
Contexto y criterios aplicados
El SAG, en su informe, citó el Dictamen N° E422370/2023 de la Contraloría General de la República, que descarta la aplicación del silencio administrativo positivo en estos trámites. Además, explicó que desde 2021 recibe más de 20 mil solicitudes anuales, lo que incide en los plazos de respuesta.
El fallo reafirma que el artículo 27 de la Ley 19.880 impone un deber de celeridad, pero no un límite que invalide actuaciones si se excede el plazo. En esa línea, la Corte recordó precedentes de 2012, 2014 y 2016 que sustentan la misma doctrina.
Asimismo, el tribunal aclaró que el recurso de protección no puede usarse para acelerar procedimientos administrativos ni reemplazar los mecanismos ordinarios de la ley, pues ello vulneraría el principio de igualdad ante la ley del artículo 19 N° 2 de la Constitución.
