Este era el último recurso de Ariel Miranda para volver al municipio de Ñiquén.
REGIONES. - El Tribunal Constitucional de Chile, a través de su Segunda Sala, resolvió declarar inadmisible el requerimiento presentado por Ariel Miranda Vallejos de Ñiquén.
Este requerimiento buscaba declarar inaplicables por inconstitucionalidad ciertos artículos de las leyes que rigen el Estatuto Administrativo para funcionarios municipales y la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
El actor cuestionaba la validez de las normativas que, según su argumento, vulneraban principios constitucionales como la igualdad ante la ley y el derecho a optar por cargos públicos. Sin embargo, la Sala determinó que no existía gestión judicial pendiente, un requisito indispensable para admitir este tipo de acciones.
El caso está vinculado a la reciente elección municipal en la comuna de Ñiquén, Región de Ñuble, donde Miranda Vallejos resultó electo alcalde. La proclamación de su triunfo fue impugnada por el segundo lugar, Mauricio Catoni, lo que derivó en una resolución del Tribunal Calificador de Elecciones que lo declaró inhábil para asumir el cargo.
El Tribunal Constitucional concluyó que el requerimiento no cumplía con los requisitos formales, en particular la existencia de una causa en trámite, y procedió a archivar la solicitud.