Corte confirma condena por maltrato habitual de cónyuge e hijo en San Carlos
La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a A.O.C.V. a 300 días de presidio efectivo, en calidad de autor de dos delitos consumados de maltrato habitual. Estos ilícitos fueron cometidos entre 2019 y 2022, en la comuna de San Carlos.
Argumentos de la defensa y fallo judicial
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Paulina Gallardo, el fiscal judicial Solón Vigueras y la abogada (i) Paula Cornejo– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán. Las alegaciones de la defensa intentaron desacreditar los testimonios de las víctimas, argumentando que los hechos acusados eran genéricos y carecían de especificación. Sin embargo, el tribunal encontró coherente y estructurado el desarrollo argumentativo de los sentenciadores en el fallo de primer grado.
Detalles de los hechos
La sentencia ratificada acreditó, más allá de toda duda razonable, que desde 2019 hasta 2022, en la comuna de San Carlos, A.O.C.V. maltrató habitualmente a su cónyuge y al hijo en común, nacido en 2014. Las agresiones ocurrían principalmente en su domicilio a través de gritos, insultos, golpes y empujones. Además, el acusado ejercía una conducta de poder y control sobre su cónyuge, condicionando su comportamiento mediante el dinero. Las agresiones también afectaron al hijo, quien sufría maltrato físico y psicológico al observar diversas agresiones a su madre. Como consecuencia, las víctimas vivían con temor permanente de ser maltratadas.