Pipeño de Coelemu logra certificación

El productor vitivinícola José Neira Risopatrón y su esposa

AGRO.- El primer productor de Ñuble ha hecho historia al convertirse en el primero en Chile en ser registrado formalmente por el SAG como elaborador de pipeño, marcando un precedente para esta tradicional bebida chilena.

En el marco de las próximas celebraciones de Fiestas Patrias, el Servicio Agrícola y Ganadero ha dado un paso histórico al otorgar el primer certificado que acredita la producción de pipeño cumpliendo con todos los estándares exigidos para su denominación.

El SAG otorgó al productor vitivinícola José Neira Risopatrón el certificado que lo convierte en el primer productor a nivel nacional en ser registrado formalmente como elaborador de pipeño, marcando un precedente en la historia de esta tradicional bebida chilena.

La inscripción oficial en el registro de bebidas alcohólicas bajo la resolución 4.077 del año 2023 es una clasificación especial del pipeño que permite su comercialización en igualdad de condiciones que cualquier otra bebida alcohólica producida en nuestro país.

Cabe señalar que el SAG incorporó a mediados del año pasado en su Registro de Bebidas Alcohólicas la clasificación genérica de pipeño, que corresponde a aquellas bebidas alcohólicas elaboradas a partir de la fermentación alcohólica parcial del mosto de uvas frescas, cuya graduación alcohólica real no alcanza los niveles necesarios para la denominación vino, que requiere un mínimo de 11,5° GL para ser considerado como tal conforme a la normativa vigente.

El director nacional del SAG, José Guajardo Reyes, señaló que quienes produzcan pipeño deberán comunicarlo al SAG de su jurisdicción, dando cuenta del volumen del producto elaborado en cada temporada, el cual no podrá ser envasado hasta no contar con un análisis que garantice que cumple con los requisitos para ser comercializado bajo esta denominación.

La normativa establece que el pipeño debe ser preparado mediante prácticas enológicas autorizadas y a partir de uvas de variedades viníferas, con una graduación alcohólica total de al menos 11,5° GL y un contenido de acidez volátil inferior a 1,5 g/L expresado en ácido acético, el cual debe ser producido y envasado por personas naturales o jurídicas pertenecientes al segmento de la Agricultura Familiar Campesina o cooperativas integradas por estas de las comunas vitícolas de las regiones del Maule, Ñuble y Biobío, y que se comercializa en unidades de consumo.

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