Operación Renta 2024
REGIONES. -Luego que la Tesorería General de la República informara la semana pasada que concluyó el proceso de devolución de renta 2024 en el país, la mañana de este lunes se informó que, del total de devoluciones en la región, $80.814.922 correspondieron a retenciones de pensiones de alimentos de 473 personas obtenidas del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos que administra el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Según cifras de la TGR, en cuanto a número de personas que se les retuvieron las devoluciones, de 131 retenciones en 2023, aumentaron a 473 personas este año, lo que representa un 361%; mientras que los montos tuvieron una variación de un 241% entre el año pasado y 2024, es decir, de $33.550.920 aumentó a los más de $80 millones de pesos por concepto de retenciones de pensiones de alimentos en Ñuble.
Cabe destacar que en Ñuble existen 4.384 personas en el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos; de ellas, 4.263 son deudores hombres, y 121, deudores mujeres.
El Tesorero Regional de Ñuble, Juan Paulo Lara, explicó que “desde la aplicación de la Ley N°21.389, la TGR así como el Registro Civil, han implementado el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos que ha permitido retener de la devolución de impuestos a los contribuyentes que se encuentran en mora en el pago de la pensión de alimentos”.
La seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Constanza Sánchez, dijo: “Este es el segundo año en el que la operación renta considera la retención de fondos de deudores inscritos en el Registro. Esta herramienta, en conjunto con el mecanismo de pago efectivo de la ley de responsabilidad parental, es parte de una institucionalidad al servicio de las familias, en particular de las madres para remediar en alguna medida, las negativas consecuencias del abandono parental”.
La ley N°21.389 creó el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, con el objeto promover el pago de las pensiones de alimentos. Para disponer de medidas para el pago, respecto de deudores/as que deben pensión de alimentos por tres meses consecutivos o cinco discontinuos, cuando una resolución judicial así lo ordene.