Dirigentes de APRs en taller sobre servicio sanitarios rurales


En la ocasión se analizó las leyes 21.401 y ley 20.998

LOCAL.- Dirigentes de organizaciones de agua potable rural fueron convocados a participar de un taller  sobre las nuevas normas legales que regulan  estos servicios.

La jornada se vivió este martes 17 en el anfiteatro del municipio local. 

Se trata de una instancia convocada por el  Ministerio de Obras Públicas de Ñuble para unos  de 80 dirigentes de APRs de la Región de Ñuble 

Estos talleres se replicarán en las provincias de Itata y Diguillín de la región de Ñuble.

Guía legal sobre:Servicios sanitarios rurales

Explica la ley que regula los servicios de agua potable y saneamiento en los sectores rurales.

Última actualización : 16-05-2022

¿Quiénes pueden operar los servicios sanitarios rurales?

El servicio sanitario rural podrá ser operado por un comité o una cooperativa a los que se les haya otorgado una licencia por parte del Ministerio de Obras Públicas. Excepcionalmente, el servicio podrá ser operado por otra persona natural o jurídica (entidad) autorizada por el Ministerio de Obras Públicas, previo informe favorable de la autoridad sanitaria regional.

La licencia tiene carácter indefinido, pero cada 5 años los operadores deben dar cuenta a la subdirección, creada en el marco de esta ley, del cumplimiento de los requisitos que se exigen.

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