Senado rechazó veto y Piñera deberá promulgar la ley de servicios básicos


NACIONAL.- ( Cooperativa.cl ).- La norma prohíbe el corte por no pago y posterga el cobro de deudas en el contexto de la pandemia.

En definitiva, se cayó el plan básico solidario de internet y el impedimento de traspasar los mayores costos a los clientes.

El Senado rechazó este martes el veto presentado a la ley que prohíbe el corte del suministro de servicios básicos -luz, agua, telefonía, internet y gas- durante la duración del estado de emergencia por la pandemia de Covid-19, que deberá promulgarse dentro de un plazo de 10 días.

En la sesión realizada esta tarde, los senadores y senadoras destimaron la estrategia del Ejecutivo -que necesitaba 2/3 de los votos para prosperar- por 28 votos en contra, 7 a favor y 5 abstenciones.

Sin embargo, pese al rechazo al veto presidencial, la insistencia no alcanzó el quorum y se rechazaron dos artículos considerados "esenciales" para la norma, como la posibilidad de que los usuarios de servicios de telefonía pudieran cambiar sus contratos a un plan básico solidario y la prohibición de traspasar mayores costos a los clientes.

Las insistencias requerían 2/3 de los votos de los senadores para sobrevivir y en ambos casos faltó uno. 

El veto ya había sido rechazado en la Cámara de Diputadas y Diputadas, la semana pasada, y en la Comisión de Economía del Senado, ayer lunes.

Por 28 votos a favor, 7 en contra y 5 abstenciones, la Sala del Senado rechaza el veto presidencial al proyecto de ley que suspende el corte de servicios básicos por no pago y al que posterga el cobro de deudas por consumos.

Esta nueva ley permite posponer el pago de estas cuentas hasta superada la emergencia y con la posibilidad de hacerlo hasta en 12 cuotas sin intereses, como prefiera el cliente; además comenzará a regir para cuentas cuyo vencimiento fue el 18 de marzo en adelante, hasta 90 días después de publicada la ley.

El beneficio debe ser solicitado por las personas a las compañías para que sea activado, mientras que usuarios que eventualmente tengan los suministros cortados por no pago, tendrán el derecho a la reposición sin costo.
En el caso de quienes mantengan deudas anteriores al 18 de marzo también podrán prorratear el pago: si es por energía eléctrica, el no pago acumulado no puede ser mayor a 10 UF, o si es por agua y gas, hasta 5 UF.

Aunque el texto apunta al 60 por ciento más vulnerable, el beneficio es prácticamente universal, ya que incluye adultos mayores que pueden no estar en ese grupo, así como a todos los demás clientes cesantes o bajo la Ley de Protección del Empleo; los independientes podrán, declaración jurada mediante, señalara a las empresas que no tienen recursos para pagar la deuda.

La ley, de promulgarse, también aplicará para hospitales, centros de salud, cárceles, hogares de menores y de ancianos, organizaciones sin fines de lucro o Bomberos.
Varios parlamentarios consideran que este proyecto va a servir como precedente de que el Estado puede tomar este tipo de medidas para proteger a los consumidores en situaciones especiales como esta.

Elizalde: Le vamos a cobrar la palabra al Gobierno
El senador Álvaro Elizalde (PS) planteó que "encuentro lamentable que senadores que promovieron con insistencia esta iniciativa cuando se tramitó en el Senado con anterioridad, a través de su abstención hayan facilitado que no exista norma, por tanto se destruye el corazón de esta propuesta".
"El Gobierno ha señalado que esto no va a tener implicancias en las tarifas futuras, pues bien, le vamos a cobrar la palabra y esperamos que así sea", recalcó.



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