Por unanimidad, los jueces del Tribunal Oral en Lo Penal de Chillán absolvieron este mediodía a Lorena Jardúa,
quien estaba imputada por la fiscalía de incitar u organizar a electores a proporcionar domicilio electoral falso, contemplado en el artículo 54 N° 3 de la Ley 20.568 sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.Los abogados de Fiscalía anunciaron, anteriormente, que una vez conocida la sentencia evaluarán presentar un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Chillán.
Tras la lectura del veredicto, el Tribunal tendrá un plazo de 5 días hábiles para comunicar la sentencia. NOTICIA EN DESARROLLO