Municipio acumula condenas laborales confirmadas que superan los 50 millones de pesos en cuatro casos, mientras dos recursos ingresan al máximo tribunal y persiste un frente civil abierto.
La Municipalidad de San Carlos enfrenta hoy un frente judicial extendido desde el Juzgado del Trabajo hasta la Corte Suprema. En menos de un mes, dos nuevas causas ingresaron al máximo tribunal, la Corte de Apelaciones de Chillán ratificó sucesivas condenas laborales y un exfuncionario mantiene activa una demanda civil por la vía ordinaria.
Dos recursos en la Corte Suprema
El 8 de junio de 2026, el municipio interpuso un recurso de unificación de jurisprudencia para intentar revertir la condena derivada de la causa de Ángela Hernández Espinoza, funcionaria del Departamento de Salud que acreditó haber sufrido una enfermedad a consecuencia de acoso laboral. Tras perder en primera y segunda instancia, la justicia condenó al municipio a pagar $15.950.000, a lo que se sumarán los reajustes e intereses correspondientes.
Un día después, el 9 de junio, la Corte Suprema certificó el ingreso de una apelación vinculada a un recurso de protección presentado por el funcionario Claudio Aguilera Saldaña. La acción acusa al municipio de haber incurrido en una arbitrariedad al pagarle la remuneración del grado 12, pese a haberlo ascendido e incorporado en el grado 9. El recurso había sido declarado inadmisible en primera instancia bajo el argumento de un procedimiento pendiente, pero fue elevado mediante apelación subsidiaria: la defensa argumenta que el perjuicio económico ya se materializó y que no existe proceso aclaratorio en curso por parte de la autoridad.
La Corte de Apelaciones ratifica dos condenas laborales
En materia laboral, el tribunal de alzada confirmó recientemente dos fallos adversos para el municipio. El primero corresponde a Flor Mora Acuña, cuyo despido fue declarado injustificado. La Corte rechazó el recurso de nulidad interpuesto por el municipio y ordenó la devolución de la causa al tribunal de origen. La condena asciende a $16.108.155. El segundo fallo corresponde a Zuyin Guajardo Villagra, técnica en enfermería que prestó servicios bajo la figura del contrato a honorarios. La justicia desestimó el argumento del municipio —que invocaba el artículo 4° de la Ley N° 18.883— y declaró la existencia de una relación laboral con subordinación y dependencia efectiva. Los indicios eran concluyentes: jornada de lunes a viernes fiscalizada mediante reloj control, remuneración mensual, uso de uniformes y herramientas provistas por la propia municipalidad, y prestación de servicios en dependencias municipales. La condena suma $5.000.681 en indemnizaciones, más cotizaciones de cesantía del período completo y costas del proceso.
Antecedentes: un patrón que se repite
Estos casos no son aislados. Victoria Meriño Sepúlveda, también técnica en enfermería, obtuvo el reconocimiento de su relación laboral tras ocho años de servicios continuos en el CESFAM Teresa Baldecchi. El municipio fue condenado a indemnizarla con $13.361.000, más reajustes e intereses, además del pago íntegro de las cotizaciones adeudadas ante AFP, FONASA y AFC por todo el período trabajado y las remuneraciones derivadas de la nulidad del despido establecida en la Ley Bustos —sanción que en el caso Guajardo no fue aplicada. Las condenas laborales confirmadas en los cuatro casos nombrados superan en conjunto los $50 millones de pesos, sin contar reajustes, intereses ni las cotizaciones cuyo monto exacto se determina en ejecución de sentencia.
El frente civil
A las causas laborales se suma una demanda ordinaria civil. El 26 de mayo de 2026, Franco Urrutia Belmar, exdirector de Seguridad Pública de la comuna, presentó una acción contra el municipio exigiendo $7.761.547 por concepto de horas extraordinarias, feriado legal pendiente y subsidios de incapacidad laboral. La vía civil fue la única disponible luego de que los tribunales laborales se declararan incompetentes al determinar que la relación de Urrutia se regía por un estatuto de derecho público sujeto a normas especiales.
