Juzgado ordena decomiso total de máquinas de juego en siete locales clausurados


El Juzgado de Policía Local (JPL) de San Carlos decretó este jueves el decomiso de todas las máquinas de juego en siete establecimientos previamente clausurados por infracciones municipales. 

La medida, tomada en respuesta a denuncias reiteradas, se ampara en la Ley 15.231. Además, se investiga la violación de sellos de clausura, un delito tipificado en el Código Penal.

📌 Detalles de la medida judicial

La resolución judicial, emitida en la tarde de este jueves, aplica el Artículo 52 de la Ley 15.231, que faculta al juez a ordenar el decomiso de los objetos relacionados con la denuncia. Solo dos de los siete comerciantes afectados habrían apelado la medida; el resto aceptó la sanción sin objeción.

🔍 Investigación por delito penal

El caso tomó un cariz más grave al descubrirse que algunos locales, clausurados días atrás, instalaron timbres en sus puertas para que sus clientes habituales pudieran avisar y entrar, operando de manera clandestina al interior. Esta violación de sellos de clausura municipal fue incluida en la denuncia y está siendo investigada por la Fiscalía, ya que constituye un delito según el Artículo 270 del Código Penal.

⚖️ Próximos pasos legales

Se espera que los comerciantes involucrados en la violación de sellos sean formalizados por este delito, lo que podría acarrear consecuencias legales más severas. Hasta el momento, no ha habido una reacción pública por parte de los afectados, y se anticipa que el caso continuará su curso en los tribunales.

❓ Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué ley ampara el decomiso?
El decomiso se realizó bajo el Artículo 52 de la Ley 15.231, que faculta al Juzgado de Policía Local a ordenar la incautación de objetos relacionados con denuncias.

¿Qué locales fueron afectados?
Fueron siete locales que ya habían sido clausurados previamente por inspectores municipales y que operaban con máquinas de juego.

¿Qué delito se está investigando adicionalmente?
Se investiga la violación de sellos de clausura, un delito contemplado en el Artículo 270 del Código Penal, por operar de manera clandestina.

¿Los comerciantes pueden apelar?
Solo dos de los siete comerciantes habrían presentado una apelación contra las medidas del municipio y el juzgado.

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