Compromiso de San Carlos Online con la Libertad de Prensa


 Es validado en fallo de la Corte Suprema
LOCAL. La Tercera Sala de la Corte Suprema ha confirmado la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán, rechazando el recurso de protección interpuesto por Salvador Marcelo Lavagnino Humeres contra de San Carlos Online y otros medios de comunicación.

Recordemos que Salvador Lavagnino se encuentra imputado en el caso “Cuentas corrientes” que ha involucrado a varias comunas de Ñuble y otras zonas del país.

El recurso de protección, presentado por Lavagnino Humeres, argumentaba que la publicación de información personal relacionada con una causa judicial reservada vulneraba su derecho a la privacidad y honra, protegido por el artículo 19, numeral 4°, de la Constitución Política de la República.

La Corte de Apelaciones de Chillán, en su sentencia del 7 de enero de 2025, determinó que la causa penal en cuestión no tenía el carácter de reservada en el momento de las publicaciones, ya que la reserva había sido levantada el 6 de junio de 2023. Por lo tanto, la información era de acceso público y su difusión no constituía una vulneración de los derechos del recurrente.

La Corte Suprema, en su fallo del 25 de febrero de 2025, ratificó esta decisión, afirmando que la libertad de información prevalecía sobre la eventual vulneración del derecho a la honra, dado que las publicaciones se limitaban a informar sobre una resolución judicial de interés público.

San Carlos Online, junto con otros medios de comunicación, había sido demandado por Lavagnino Humeres, quien solicitaba la eliminación de las publicaciones y una abstención futura de divulgar información personal. 

Sin embargo, la Corte Suprema concluyó que no existía ilegalidad en la conducta de los medios, ya que actuaron dentro de los límites de la libertad de expresión y el interés público.

La abogada y asesora jurídica de San Carlos Online, María Angelica San Martín, manifestó: “Para nosotros, esta decisión de la Ilustrísima Corte Suprema, subraya la importancia de la libertad de prensa y la transparencia en la difusión de decisiones judiciales, especialmente en casos de interés público”.


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