Surge norma que regula el uso de drones en el país


Las multas a quienes infrinjan la normativa, pueden llegar hasta los 22 millones de pesos.
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) presentó una normativa sobre el uso de drones en espacios públicos. La anterior pasa a ser la primera regulación de este tipo que aparece en América Latina. "La tecnología de los drones llegó para quedarse. Ha tenido un crecimiento explosivo que ha sobrepasado incluso la capacidad de las agencias para regular su uso", explicó el director de la DGAC, el general Maximiliano Larraechea, en una rueda de prensa para presentar la iniciativa.
La norma establece que las personas o entidades que deseen operar un dron en el ámbito público deberán obtener una autorización de la DGAC. Para ello los interesados deberán registrar la aeronave, presentar una declaración jurada que certifique que el operador ha recibido instrucción, firmar una declaración de responsabilidad solidaria por si ocurre un accidente y pedir una solicitud de vuelo.
La normativa, denominada DAN 151, especifica los lugares en los que pueden volar los drones y prohíbe que se acerquen a menos de dos kilómetros de aeropuertos o aeródromos, o que sobrevuelen zonas prohibidas por razones de seguridad.
Los aparatos en una primera etapa, que se podrán utilizar en público, no pueden pesar más de seis kilos y deben volar en un radio de 500 metros de su operador, que no puede perderlo de vista mientras lo controla.
Al respecto la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) avisó que no se podría elaborar una normativa internacional sobre el uso de drones antes de 2018. Lo que gatilló la iniciativa nacional.
Multas
Las multas para quienes infrinjan la normativa llegan hasta los 22 millones de pesos, apuntó el director de la DGAC, quien añadió que solicitará la colaboración de la policía y los ciudadanos para fiscalizar el cumplimiento de la norma.

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