Sedes comunitarias no podrían ser arrendadas para actividades particulares




Luego que evaluaran permitir el cobro por el uso particular de sedes comunitarias,
el concejo  municipal se percató que es el SERVIU el organismo destinado a fiscalizar el uso y que no corresponde autorizar ningún monto  ni definir otro uso que no sea el comunitario para el cual fueron creadas las sedes vecinal que existen en cada población.
En el concejo municipal se informó que la sede la población “Puesta del Sol” estaba siendo arrendada   para cumpleaños y actividades privadas, lo que no corresponde.
“Hay algo importante que se está produciendo mucho, hay sedes que se han entregado a las villas ¿Cómo encuentran ustedes que se cobren cuarenta “lucas” a una persona que tiene el cumpleaños de un niño de las 3 de la tarde hasta las 6? Yo tengo reclamos serios. Es negocio o es comunitario? Que opinan ustedes. Tengo un reclamo específico de la “Puesta del Sol” la sede es comunitaria, una diez “Luquitas” puede ser para que paguen la luz, el aseo, pero que cobren cuarenta “Lucas”, reclamó el Alcalde al exponer la situación.
Mientras unos reaccionaron de inmediato proponiendo hacer un reglamento, cambió su discurso dándose cuenta que, más que el municipio, en esos temas es el Serviu el que debe resolver esta materia y determinó  efectuar la consulta al organismo de vivienda y urbanismo.
“Lo que yo digo es que los bienes Serviu que se están entregando en las villas o poblaciones no pueden ser para explotación de las directivas”.
Cabe indicar  que las sedes comunitarias son entregadas en comodato por el Serviu  a la organización vecinal correspondiente y los vecinos podrían generar un reglamento de uso  de la sede vecinal que asegure el acceso de manera ordenada y cautele suficientemente la integridad de los bienes que constituyen el patrimonio de la Junta de Vecinos, pero no se establece ningún tipo de arriendo.

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