Luego que evaluaran permitir el
cobro por el uso particular de sedes comunitarias,
el concejo municipal se percató que es el SERVIU el
organismo destinado a fiscalizar el uso y que no corresponde autorizar ningún
monto ni definir otro uso que no sea el
comunitario para el cual fueron creadas las sedes vecinal que existen en cada
población.
En el concejo municipal se
informó que la sede la población “Puesta del Sol” estaba siendo arrendada para cumpleaños y actividades privadas, lo
que no corresponde.
“Hay algo importante que se está
produciendo mucho, hay sedes que se han entregado a las villas ¿Cómo encuentran
ustedes que se cobren cuarenta “lucas” a una persona que tiene el cumpleaños de
un niño de las 3 de la tarde hasta las 6? Yo tengo reclamos serios. Es negocio
o es comunitario? Que opinan ustedes. Tengo un reclamo específico de la “Puesta
del Sol” la sede es comunitaria, una diez “Luquitas” puede ser para que paguen
la luz, el aseo, pero que cobren cuarenta “Lucas”, reclamó el Alcalde al
exponer la situación.
Mientras unos reaccionaron de
inmediato proponiendo hacer un reglamento, cambió su discurso dándose cuenta
que, más que el municipio, en esos temas es el Serviu el que debe resolver esta
materia y determinó efectuar la consulta
al organismo de vivienda y urbanismo.
“Lo que yo digo es que los bienes
Serviu que se están entregando en las villas o poblaciones no pueden ser para
explotación de las directivas”.
Cabe indicar que las sedes comunitarias son entregadas en
comodato por el Serviu a la organización
vecinal correspondiente y los vecinos podrían generar un reglamento de uso de la sede vecinal que asegure el acceso de
manera ordenada y cautele suficientemente la integridad de los bienes que
constituyen el patrimonio de la Junta de Vecinos, pero no se establece ningún
tipo de arriendo.